LA ORDEN DE MALTA Y LA NOCIÓN DE SOBERANÍA EN SU DERECHO CONSTITUCIONAL (I)
Al
tratarse de la única corporación nobiliaria en el mundo que goza de
soberanía en toda la extensión internacional del término desde su
fundación, en la época de las cruzadas, hasta nuestros días, estamos
dedicando a la Orden de Malta una serie de entradas, de la autoría del
Dr. Francisco Manuel de las Heras y Borrero, Presidente de la Diputación
de Linajes de esta Casa Troncal, a fin de conocer mejor esta importante
institución. A la vez que contribuimos a defenderla de las innumerables
órdenes que la plagian y falsifican, engañando a cuanto incauto
hambriento de "oropeles" anda suelto por este mundo.
La Soberana Orden de Malta es mucho más que un uniforme y unos pasaportes diplomáticos, y la noción de "soberanía" aplicada a la misma no es un simple adjetivo, es algo que la Orden ha sabido ganarse, también en los tiempos actuales, como veremos a lo largo de dos entradas que vamos a presentar .
La Soberana Orden de Malta es mucho más que un uniforme y unos pasaportes diplomáticos, y la noción de "soberanía" aplicada a la misma no es un simple adjetivo, es algo que la Orden ha sabido ganarse, también en los tiempos actuales, como veremos a lo largo de dos entradas que vamos a presentar .
PRIMERA PARTE: Ataque del Vaticano a la soberanía de la Orden de Malta. Los Antecedentes de la sentencia Cardenalícia de 1953.La
Orden de Malta, dotada de un ordenamiento jurídico propio y autónomo,
se organiza jurídicamente a lo largo de los muchos siglos de existencia
sin sujeción a ningún otro sujeto del Derecho de Gentes.
Su Derecho Constitucional actual es el fruto de la evolución de su presencia en el mundo y de la defensa exacerbada, ante todo tipo de ataques, de su soberanía, que hacen de la Orden de Malta un sujeto "sui generis" del Derecho Internacional.
En los tiempos actuales, también, la Orden se ha visto confrontada a tener que defender su soberanía "con uñas y dientes", no ya de ataques violentos, sino pacíficos pero no por ello menos carente de peligrosidad en lo que concierne a la pérdida de su condición soberana.
En los años cincuenta la Orden de Malta sufrió una de las crisis más importantes de su historia, cuyas consecuencias se han sentido hasta hace pocos años.
En efecto, la Santa Sede, bajo un intento reformista, podía desposeer pura y simplemente a la Orden de su soberanía, la cual sin territorio, sin milicia, casi sin miembros religiosos (una docena de profesos y diez capellanes conventuales), con unos tres mil caballeros faltos de motivación e iniciativa, ¿a qué iba a quedar reducida?.
Su Derecho Constitucional actual es el fruto de la evolución de su presencia en el mundo y de la defensa exacerbada, ante todo tipo de ataques, de su soberanía, que hacen de la Orden de Malta un sujeto "sui generis" del Derecho Internacional.
En los tiempos actuales, también, la Orden se ha visto confrontada a tener que defender su soberanía "con uñas y dientes", no ya de ataques violentos, sino pacíficos pero no por ello menos carente de peligrosidad en lo que concierne a la pérdida de su condición soberana.
En los años cincuenta la Orden de Malta sufrió una de las crisis más importantes de su historia, cuyas consecuencias se han sentido hasta hace pocos años.
En efecto, la Santa Sede, bajo un intento reformista, podía desposeer pura y simplemente a la Orden de su soberanía, la cual sin territorio, sin milicia, casi sin miembros religiosos (una docena de profesos y diez capellanes conventuales), con unos tres mil caballeros faltos de motivación e iniciativa, ¿a qué iba a quedar reducida?.
El
Papa Pío XII tenía la preocupación de que la Orden de Malta no olvidase
su vocación religiosa, y asesorado por el Cardenal Canali esperaba una
buena ocasión para reformarla. El Cardenal Canali tuvo una gran
influencia en el desarrollo de la crisis entre el Vaticano y la Orden.
Gran Prior de Roma de la Orden de Malta y Gran Maestre de la Orden de
Caballería del Santo Sepulcro de Jerusalén, la intención de Canali
parecía clara: someter totalmente la Orden de Malta a la Santa Sede.
Esta
oportunidad se presentó en los últimos meses de 1949 cuando el ex
Canciller de la Orden Barón Thun Hohenstein presentó un recurso insólito
ante la Sagrada Congregación de Religiosos, de la que al menos en
teoría dependía la Orden de Malta como orden religiosa. El Barón Thun
Hohenstein protestaba por lo que consideraba una notoria injusticia, su
destitución del cargo.
La destitución se habría producido como consecuencia de una especulación con muchísimas toneladas de trigo argentino del General Perón, por la que el Canciller pensaba hacer un gran negocio y obtener importantes beneficios para la Orden. Los altibajos del mercado mundial del trigo dieron al traste con las buenas intenciones del Canciller y lo que podía haber sido el negocio del siglo se transformó en pérdidas cuantiosas.
La Congregación de Religiosos, de la que era Secretario el Arzobispo claretiano español Arcadio Larraona, admitió el recurso, con lo que se evidenciaba la dependencia de la Orden de Malta respecto de la Santa Sede, dando origen a una batalla jurídica, que duró más de una década.
En puridad jurídica el asunto de fondo del recurso introducido no atañía para nada a los aspectos religiosos y espirituales de la Orden, única materia en la que sería procedente una intervención de la Santa Sede. No obstante, aceptando el recurso, el Vaticano tenía ya un motivo para intervenir en los asuntos de la Orden y forzar su reforma.
La crisis se abre cuando el 5 de Noviembre de 1951 el Gran Maestre recibe una comunicación oficial de la Secretaría de la Congregación de Religiosos por la que se crea una Comisión de tres cardenales para los asuntos de Malta, dado que, según el texto del Vaticano, la Orden siempre ha dependido del Papado. La Comisión estaba presidida por el Cardenal Canali y completada por los Cardenales Micara y Pizzardo, ambos miembros Grandes Cruces de la Orden de Malta. La Comisión cardenalicia comienza de inmediato sus trabajos: nombra a Monseñor Alcini visitador, solicita para su análisis los inventarios y presupuestos, y exige una intervención total en las decisiones del Soberano Consejo.
El Gran Maestre Ludovico Chigi della Rovere, un anciano, reúne su consejo y decide presentar batalla en el único terreno en que era posible: el jurídico.
El 14 de Noviembre del mismo año 1951 (el día siguiente del reconocimiento solemne por parte del gobierno italiano de la Orden de Malta como soberana), el Gran Maestre Chigi recibe en el Palacio Magistral de Vía Condotti la visita del jesuita Castellani, quien, siguiendo, al parecer, instrucciones del Cardenal Canali, le había comunicado que si no acataba las decisiones de la Comisión cardenalicia podría él mismo incurrir en excomunión. El Gran Maestre, católico profundo y fiel servidor de la Santa Sede, no resistió impresión tan fuerte y falleció ese mismo día, víctima de un ataque cardiaco.
La destitución se habría producido como consecuencia de una especulación con muchísimas toneladas de trigo argentino del General Perón, por la que el Canciller pensaba hacer un gran negocio y obtener importantes beneficios para la Orden. Los altibajos del mercado mundial del trigo dieron al traste con las buenas intenciones del Canciller y lo que podía haber sido el negocio del siglo se transformó en pérdidas cuantiosas.
La Congregación de Religiosos, de la que era Secretario el Arzobispo claretiano español Arcadio Larraona, admitió el recurso, con lo que se evidenciaba la dependencia de la Orden de Malta respecto de la Santa Sede, dando origen a una batalla jurídica, que duró más de una década.
En puridad jurídica el asunto de fondo del recurso introducido no atañía para nada a los aspectos religiosos y espirituales de la Orden, única materia en la que sería procedente una intervención de la Santa Sede. No obstante, aceptando el recurso, el Vaticano tenía ya un motivo para intervenir en los asuntos de la Orden y forzar su reforma.
La crisis se abre cuando el 5 de Noviembre de 1951 el Gran Maestre recibe una comunicación oficial de la Secretaría de la Congregación de Religiosos por la que se crea una Comisión de tres cardenales para los asuntos de Malta, dado que, según el texto del Vaticano, la Orden siempre ha dependido del Papado. La Comisión estaba presidida por el Cardenal Canali y completada por los Cardenales Micara y Pizzardo, ambos miembros Grandes Cruces de la Orden de Malta. La Comisión cardenalicia comienza de inmediato sus trabajos: nombra a Monseñor Alcini visitador, solicita para su análisis los inventarios y presupuestos, y exige una intervención total en las decisiones del Soberano Consejo.
El Gran Maestre Ludovico Chigi della Rovere, un anciano, reúne su consejo y decide presentar batalla en el único terreno en que era posible: el jurídico.
El 14 de Noviembre del mismo año 1951 (el día siguiente del reconocimiento solemne por parte del gobierno italiano de la Orden de Malta como soberana), el Gran Maestre Chigi recibe en el Palacio Magistral de Vía Condotti la visita del jesuita Castellani, quien, siguiendo, al parecer, instrucciones del Cardenal Canali, le había comunicado que si no acataba las decisiones de la Comisión cardenalicia podría él mismo incurrir en excomunión. El Gran Maestre, católico profundo y fiel servidor de la Santa Sede, no resistió impresión tan fuerte y falleció ese mismo día, víctima de un ataque cardiaco.
La
Orden procede de inmediato a la elección de Lugarteniente interino,
designando a Fray Antonio Hercolani Fava Simonetti, gran defensor de la
soberanía. Esta elección había sido prohibida por la Comisión
Cardenalicia, pero Hercolani se mantuvo en su puesto y se disponía a
convocar la elección a Gran Maestre cuando intervino el Papa Pío XII,
quien ordenó que se suspendiera dicha elección y anunció la inmediata
designación de un Tribunal de Arbitraje, que días antes de morir le
había solicitado el propio Chigi a fin de dirimir el conflicto entre la
Orden y la Comisión Cardenalicia. La Orden del Papa se comunicó por
medio de una carta del entonces sustituto de la Secretaría de Estado del
Vaticano, Monseñor Montini, futuro Pablo VI, quien no era adversario de
la Orden de Malta.
Cuando dos días después se comunica el nombre de los integrantes del Tribunal de Arbitraje, los miembros de la Orden quedan petrificados: se nombran a los Cardenales Tisserant y Masella, a los que se añaden los tres cardenales integrantes de la Comisión interventora. El escándalo que se organiza es recogido por toda la prensa europea.
La Orden de Malta busca aliados, solicita la solidaridad de sus asociaciones nacionales y recaba el apoyo de los gobiernos que la reconocen.
Cuando dos días después se comunica el nombre de los integrantes del Tribunal de Arbitraje, los miembros de la Orden quedan petrificados: se nombran a los Cardenales Tisserant y Masella, a los que se añaden los tres cardenales integrantes de la Comisión interventora. El escándalo que se organiza es recogido por toda la prensa europea.
La Orden de Malta busca aliados, solicita la solidaridad de sus asociaciones nacionales y recaba el apoyo de los gobiernos que la reconocen.
El
Lugarteniente convocó en Junio de 1952 a las delegaciones de las
asambleas nacionales. Los delegados españoles se distinguieron por su
defensa de la soberanía de la Orden, quienes por medio de su presidente
(el Infante Don Fernando de Baviera y Borbón) declararon que si el
Tribunal de Arbitraje suprimía el carácter soberano de la Orden, los
caballeros españoles no acatarían la resolución y recuperarían la
independencia como en el siglo XIX tras el Decreto de Carlos IV.
A principios de Diciembre de 1952, el Lugarteniente recusa a varios miembros del Tribunal de Arbitraje y el 23 de Diciembre del mismo año declaró que la Orden abandonaba el proceso. La cuerda se había tensado hasta el límite.
A principios de Diciembre de 1952, el Lugarteniente recusa a varios miembros del Tribunal de Arbitraje y el 23 de Diciembre del mismo año declaró que la Orden abandonaba el proceso. La cuerda se había tensado hasta el límite.
En
la convocatoria de Febrero de 1953 de delegaciones nacionales, y en un
intento desesperado ante la inminencia de la decisión del Tribunal
cardenalicio, se exige la inmediata elección de Gran Maestre al margen
de dicho Tribunal. La intervención de los caballeros españoles en esta
reunión fue más pausada y discreta ante las presiones del General
Franco, temeroso de que el comportamiento de la delegación española
molestase a la Santa Sede y por añadidura repercutiese negativamente en
las negociaciones para la firma de un Concordato, ya próxima a
efectuarse.
La
Orden defiende su soberanía y su personalidad jurídica con respecto de
la Santa Sede hasta límites que muchos no habían podido ni imaginar,
como bien lo prueban los acontecimientos que hemos narrado, los cuales,
en nuestra opinión, nos ayudan a enmarcar y comprender el conjunto de
actos jurídicos que van a producirse, y que analizaremos en una próxima
entrada.
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